jueves, 13 de septiembre de 2007

Orden comunicada a las bibliotecas públicas en 17 de setiembre de 1809 por el Excmo. Sr. ministro de lo Interior.

No debiendo hacerse aprecio alguno de las prohibiciones arbitrarias del extinguido tribunal de la inquisición, que tan funestas han sido á los progresos de la civilización y de las luces, y no conviniendo por otra parte poner en manos de todos ciertas obras notoriamente perjudiciales al orden y á las costumbres públicas, y como tales prohi­bidas por la policía en todas las naciones ilustradas: hará V. se observen en la bi­blioteca de su cargo las siguientes reglas generales, mientras las urgentes atenciones del día permiten ocuparse en la designación de las obras , cuya venta y lectura publica. no debe tolerarse.
1.ª No se hará uso ni aprecio alguno del expurgatorio o catálogo de libros pro­hibidos por el extinguido tribunal de la in­quisición.
2.ª Los únicos libros y escritos que no deben franquearse al público son aquellos en que directamente se ataca la religión del estado ó el gobierno establecido: los exóticos obscenos que corrompen y degra­dan las costumbres: los que contienen má­ximas impías y de libertinage; y en fin, los que recomiendan las prácticas de una devoción supersticiosa.
3.a Queda por ahora á la discreción y buen juicio de los bibliotecarios la deter­minación particular de los libros que deben ser comprehendidos en la regla anterior; pero cuidará V. de prevenirles con el mas estrecho encargo no sean demasiado fáciles en clasificar por algunos defectos las obras sabias e instructivas entre aquellas cuya lectura no debe autorizar el gobierno.
4.ª Se deberá siempre hacer en las bi­bliotecas públicas cierta prudente distinción de personas, no debiéndose cegar al sabio, al artista, al literato conocido por tal, y al hombre ya formado, varias obras que no conviene poner en manos de todos, espe­cialmente de la juventud.
No dudo que V. cuidará de que en la execucion de estas reglas se proceda con tanta discreción , que favoreciendo á la pro­pagación de las luces, en nada se perjudi­que á los verdaderos principios de morali­dad y de orden público.

No hay comentarios: